Aena y Hacienda se enfrentan por 1.271 millones de euros en una batalla fiscal ligada a su salida a Bolsa

El gestor aeroportuario defiende ante la Agencia Tributaria que tiene derecho a aplicar fiscalmente la revalorización de determinados activos procedentes de Enaire y evitar así una posible doble imposición

Aena ha abierto un nuevo frente con la Agencia Tributaria por una cuestión fiscal cuyo impacto alcanza los 1.271 millones de euros y que se remonta a las operaciones societarias realizadas antes de la salida a Bolsa de la compañía en 2015. La controversia no se refiere a una nueva inversión ni a una deuda tributaria ordinaria, sino al tratamiento fiscal de determinados activos que Enaire aportó a Aena en 2011 y a la posterior tributación de la plusvalía generada con la privatización parcial de la compañía. La información, adelantada por El Mundo y recogida por distintos medios, señala que Aena ha presentado alegaciones frente a una propuesta de regularización de la Agencia Tributaria basada en una interpretación diferente a la defendida por el gestor aeroportuario.

El origen del conflicto está en 2011

Para entender la disputa hay que retroceder hasta junio de 2011. En aquel momento, Enaire aportó a Aena la rama de actividad de explotación aeroportuaria, valorada fiscal y contablemente a valor neto contable. Cuatro años después, en febrero de 2015, se produjo la oferta pública de venta del 49% de Aena. La operación puso de manifiesto una valoración de mercado muy superior a la que tenían los activos cuando fueron aportados por Enaire. Según la documentación financiera de Aena, aquella operación generó en Enaire una plusvalía cuyo importe tributable ascendió a 1.786 millones de euros. La compañía considera que, al haberse producido ya una tributación en la sociedad matriz, debe existir la posibilidad de reconocer fiscalmente en Aena la correspondiente revalorización de los activos. La tesis de Aena es, por tanto, que impedir ese reconocimiento podría provocar una situación de doble imposición sobre una misma generación de valor.

Una revalorización de 1.271 millones

El trabajo realizado posteriormente por Aena y sus asesores permitió identificar y asignar la plusvalía a determinados activos intangibles de vida útil indefinida por un importe de 1.271 millones de euros. La compañía sostiene que esa cantidad puede ser objeto de amortización fiscal durante un periodo de 20 años, entre 2015 y 2035, reduciendo de esta forma su base imponible. No se trata, por tanto, de que Aena esté reclamando a Hacienda el ingreso inmediato de 1.271 millones de euros. Esa cifra representa el importe de la revalorización fiscal de los activos sobre la que se articula su reclamación. El efecto económico directo que Aena estimó inicialmente fue un activo por impuesto diferido de 288 millones de euros. Posteriormente, las cuentas individuales de 2025 sitúan este activo por impuesto diferido en 254,2 millones de euros al cierre del ejercicio.

Aena acudió a Hacienda antes de que comenzara la disputa

La posición de Aena no surgió únicamente a raíz de la actual controversia. La compañía había acudido previamente a la Dirección General de Tributos para conocer el tratamiento fiscal que podía aplicarse a la operación. Según la documentación financiera de la empresa, la consulta recibió respuesta en noviembre de 2022 y contemplaba la posibilidad de recuperar en Aena la tributación soportada por su matriz mediante una revalorización fiscal de los elementos patrimoniales vinculados a la aportación realizada en 2011. Posteriormente, Aena realizó trabajos de identificación, asignación y valoración de los activos con el apoyo de expertos independientes. En julio de 2025, la compañía presentó ante la Agencia Tributaria una solicitud de rectificación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los ejercicios no prescritos. En sus cuentas de 2025 consta que posteriormente se iniciaron actuaciones inspectoras de carácter parcial sobre esa solicitud.

La Agencia Tributaria mantiene otra interpretación

El problema aparece cuando Hacienda plantea un criterio interpretativo diferente al defendido por Aena. Según fuentes de la compañía citadas por EFE y recogidas por Intereconomía, el gestor aeroportuario considera que existen argumentos jurídicos suficientes para defender su posición. Para ello cuenta también con el asesoramiento del despacho Pérez-Llorca. La controversia tendrá que determinar, en última instancia, si el tratamiento fiscal que Aena pretende aplicar a esos activos es compatible con la normativa tributaria y con el régimen aplicado a las operaciones societarias que precedieron a su salida al mercado.

Un conflicto que afecta a las cuentas de Aena

La disputa tiene además una dimensión contable importante. Aena ya incorporó en sus estados financieros el reconocimiento del activo por impuesto diferido asociado a esta interpretación fiscal y reexpresó determinadas cifras comparativas. La modificación supuso inicialmente un incremento de 288 millones de euros en los activos por impuestos diferidos y un aumento equivalente del patrimonio neto atribuido a los accionistas. La cuestión, por tanto, no es menor. Una resolución favorable consolidaría el tratamiento fiscal defendido por Aena y permitiría mantener la aplicación de las deducciones derivadas de la amortización fiscal de los activos. Una decisión contraria obligaría a reconsiderar ese tratamiento.

Una cifra que contrasta con la elevada contribución fiscal de Aena

La disputa adquiere especial relevancia al producirse en una compañía cuya actividad genera una importante contribución a las arcas públicas. El propio Informe de Contribución Fiscal de Aena correspondiente a 2025 cifra en 1.275,4 millones de euros la contribución fiscal total del grupo durante ese ejercicio, sumando impuestos soportados y recaudados. De ellos, 1.151 millones correspondieron a España. El dato permite poner en perspectiva el tamaño de la controversia: los 1.271 millones sobre los que gira la discusión equivalen prácticamente a toda la contribución fiscal total del grupo Aena en un ejercicio, aunque no representan una deuda tributaria de ese importe ni una cantidad que la compañía pretenda cobrar directamente a Hacienda. La batalla es esencialmente jurídica y fiscal: determinar cómo debe reconocerse la revalorización de unos activos vinculados a una operación societaria que tuvo lugar hace más de una década.

Una disputa con recorrido

La confrontación entre Aena y la Agencia Tributaria pone de manifiesto las consecuencias que pueden prolongarse durante años cuando una operación societaria de gran magnitud combina reorganizaciones empresariales, una posterior privatización parcial y diferentes valoraciones contables y fiscales. En este caso, el origen se sitúa en 2011, el momento clave llega con la salida a Bolsa de 2015 y la discusión fiscal continúa abierta más de una década después.Aena mantiene que su interpretación está respaldada tanto por la respuesta de la Dirección General de Tributos de 2022 como por los trabajos técnicos realizados posteriormente. Hacienda, por su parte, sostiene un criterio diferente en el procedimiento inspector. El desenlace determinará si Aena puede consolidar fiscalmente la revalorización de 1.271 millones de euros y aplicar durante los años siguientes los efectos fiscales asociados a esa amortización. Mientras tanto, el conflicto se convierte en uno de los principales litigios tributarios que afectan actualmente al gestor de los aeropuertos españoles.

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