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    ENAIRE al Constitucional por discriminación de controladores

    Presentan un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional tras el rechazo del Tribunal Supremo.

    Madrid, SP.- Los sindicatos de controladores aéreos SPICA, SNCA, USCA y OCCA han anunciado que elevarán el conflicto por discriminación con ENAIRE al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo tras el varapalo del Tribunal Supremo. Consideran que se han vulnerado los derechos fundamentales de algunos profesionales. Los controladores están en disputa con el gestor de la navegación aérea desde hace casi 15 años por un presunto caso de «discriminación colectiva» contra unos grupos que no pudieron a acceder a mejoras laborales mientras otros sí lo hicieron, según publica el medio especializado AD.

    El conflicto se arrastra desde 2010

    Los hechos se remontan a 2007. Recordemos que ENAIRE repartió a un total de 165 candidatos, previo proceso de selección, en cuatro promociones para cursar el programa de controladores de tránsito aéreo. Los sindicatos denunciaron que el gestor de la navegación aérea en España había favorecido a dos de esos grupos pues tenían vínculos con el personal de AENA . Las dos promociones a las que se dio prioridad pudieron gozar de ciertos beneficios laborales ya que firmaron con ENAIRE antes de que entrara en vigor el Real Decreto de Regulación de Servicios de Tránsito Aéreo. Los otros aspirantes no optaron a dichos pluses laborales.

    Decisiones judiciales dispares

    Los sindicatos optaron por judicializar el conflicto con ENAIRE. La Audiencia Nacional les dió la razón pues comprobó que existían esos «lazos familiares» al igual que lo hicieron otros juzgados de primera instancia de Cataluña. De tal forma, la Audiencia Nacional sentenció que se trataba de un caso de discriminación y que ENAIRE debía indemnizar a los 72 controladores que fueron tratados de forma desigual.

    Sin embargo, la causa llegó al Tribunal Supremo y el fallo fue completamente opuesto. En 2022 el alto tribunal anuló la sentencia de la AN. Sostiene que no se trata de un caso de discriminación generalizada ni de un conflicto colectivo por lo que los sindicatos no están legitimados. Añade que en las promociones que se vieron beneficiadas con mejoras laborales no solo había personas con vínculos sino otras que estaban vinculadas previamente con la compañía o que eran mayores de una determinada edad. Así, no entiende que sea una discriminación generalizada, en todo caso parcial en relación a una serie de individuos. El Supremo falló a favor de ENAIRE y dejó sin efecto la indemnización.

    Los sindicatos, descontentos con el fallo que les quitaba la razón, presentaron un incidente de nulidad en el que exponían que tres magistrados del TS tenían relación con el abogado defensor de ENAIRE del despacho Sagardoy. El Tribunal Supremo volvió a posicionarse en contra de los sindicatos. Argumentó que los vínculos son solo académicos y que la composición del tribunal fue notificada a las partes en su momento. Señala que debió ser en ese momento cuando se presentara la queja, no tras el fallo desfavorable.

    Agotadas las demás vías, toca ir al Constitucional

    El Sindicato Nacional de Controladores Aéreos, la Unión Sindical de Controladores Aéreos, la Organización de Controladores de la Circulación Aérea y el Sindicato Profesional Independiente de Controladores Aéreos insisten en que se vulneró el derecho a la igualdad al favorecer a ciertas promociones y discriminar a las demás. Todos ellos han agotado la vía judicial con el incidente de nulidad. Ya solo les queda acudir al Tribunal Constitucional con la esperanza de que les reconozca el mismo trato laboral que recibieron sus compañeros. El recurso de amparo será presentado en el mes de mayo.

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