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    La “justicia” española y los controladores aéreos.

    Por: Controlator.

    Transcribimos con unas pequeñas alteraciones que no afectan más que a unas fechas y poco más, un “razonamiento” hecho por un juez en una demanda de un controlador. Debajo traducimos a un lenguaje entendible lo que quiere decir. Que cada uno saque sus propias conclusiones.

    El actor no ha demostrado causa justificada alguna para no acudir al trabajo. Es de conocimiento general que el actor y sus compañeros de trabajo han venido percibiendo salarios de hasta más de 500.000€ anuales por causa del extraordinario número de horas que trabajaban y el elevado precio de las mismas, por su carácter extraordinario establecido en su Convenio Colectivo. Que alguien, que realizaba muchas más horas antes de la revisión del pago de las mismas, que venían realizando jornadas muy superiores cuando se les abonaban de forma tan extraordinariamente privilegiada, alegue fatiga y cansancio cuando la Administración demandada está en proceso de revisión de las jornadas realizadas y el abono de las extras trabajadas por tales trabajadores que se han negado durante años a revisar el Convenio Colectivo vigente, es tanto como pretender ostentar el poder de dirección de su trabajo en la empresa, poder que corresponde al empresario, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 ET. El actor no es quien para determinar si está o no fatigado o estresado a efectos de cumplir con su trabajo, como no lo está ningún trabajador por cuenta ajena, pues que a los controladores aéreos les es de aplicación, también, el art. 14 de la Constitución Española. Desde el día xx-xx-xxxx el actor fue dado de baja por IT, por un médico autorizado para ello, y eso es una causa justificada para no acudir al trabajo, pero no consta en modo alguno que estuviera en tal situación el xx-xx-xxxx.

    Traducido a un lenguaje comprensible:

    “Como es de conocimiento general que las vacas vuelan, entonces queda probado fehacientemente que las vacas vuelan. Y como otros han ganado mucho dinero legalmente haciendo horas extras pactadas con la empresa, tú ahora te j***s y no te quejes si te están reventando a turnos. Tú no sabes cuando estás cansado y estresado, tu percepción vital está atrofiada; además no importa que ello ponga en riesgo la seguridad aérea si ni siquiera ves los aviones en la pantalla de radar que tienes delante, repito, te j***s. Y si tienes que conducir el coche para ir al trabajo en situación de agotamiento y te matas… te j***s. Y si tienes que trabajar agotado y estresado y estrellas aviones matando a cientos de personas, te j***s y vas a la cárcel.

    OTROSÍ DIGO:

    Te j***s controlador hijo de p**a” y privilegiado.

    Firmado: el juez.

    Enlace relacionado:

    Reflexiones sobre la presentación de un libro. Errores judiciales.

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    5 COMENTARIOS

    1. ¿¿¿Y dónde queda la LSA y la obligación del controlador a apartarse del servicio si cree que no está en condiones????

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