Hoy día 22 de septiembre entra en vigor la nueva normativa publicada en el AIP, enmienda AIRAC de 11 de agosto, sobre reducción de mínimos de separación horizontal (MSRH) en el espacio aéreo de España.
La separación horizontal mínima en ruta pasa de 8MN (millas náuticas)* a 5MN, excepto cuando la aeronave precedente es pesada y la que la sigue es ligera, en cuyo caso se aplican 6MN de separación mínima.
Queda pendiente de aplicación el mínimo de separación de 2´5MN desde las 10 MN hasta el umbral de la pista en las áreas terminales de Madrid, Barcelona y Palma de Mallorca con las torres de Palma de Mallorca, Madrid/Barajas y Barcelona/El Prat.
*Milla náutica = 1854 metros, milla terrestre = 1609 metros.