Según el diario Expansión citando como fuente la Agencia Efe (ver noticia):
A. Nacional condena a Aena a indemnizar a pasajero por huelga de controladores
la Audiencia Nacional ha condenado a AENA a indemnizar a un pasajero afectado por el cierre patronal (no huelga de controladores) de diciembre de 2010 con 290 euros. La sentencia contra la que no cabe recurso, siempre citando la misma fuente, reconoce que la responsabilidad patrimonial “sólo y exclusivamente puede exigirse” al gestor aeroportuario.
Desde SPICA nos preguntamos cómo es posible entonces que cierto bufete de abogados esté pidiendo 10.000 euros por pasajero, una cantidad absolutamente estrambótica, que más que una cifra razonable, parece un gancho para atraer al mayor número posible de incautos. Este tipo de bufetes suelen ir a comisión y pedir cifras absolutamente exageradas no sólo atrae a más personas, sino que aumenta la perspectiva de lucro y satisface el ansia de relevancia mediática de ciertos abogados. En todo caso consideramos que la gente es libre de dejarse engañar todo lo que quiera y de malgastar su dinero y su tiempo en lo que le plazca.
La normativa aplicable para estos casos es el REGLAMENTO (CE) Nº 261/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de febrero de 2004 por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.
El artículo 7 de dicho reglamento establece el Derecho a compensación y establece lo siguiente:
1. Cuando se haga referencia al presente artículo, los pasajeros recibirán una compensación por valor de:
a) 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros;
b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros;
c) 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b).
La cantidad que establece la mencionada sentencia de la Audiencia Nacional está totalmente en concordancia con las cantidades que establece la normativa vigente.
Lo que de verdad me ha dejado k.o. , es leer una sentencia lógica y jurídicamente articulada en este tema….
Es una buena noticia.A estos sinvergüenzas de Cremades les deseo la misma suerte que a Lema y Pepiño.
Ya es hora que vaya apareciendo la verdad, poco a poco, hasta que se demuestre que Aena Y Fomento fueron los únicos responsables de lo ocurrido los días tres y cuatro
Esto empieza a parecerse a la estafa de las participaciones preferentes que lanzaron los bancos.